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El TSJC ve legal que Puigdemont prometiera el cargo sin acatar la Constitución

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado la fórmula con que prometieron su cargo el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y los consellers del Govern, al entender que no tenían la “obligación legal” de acatar la Constitución ni el Estatut en su toma de posesión.
En un auto, el TSJC ha acordado no admitir a trámite la denuncia presentada por Unión Cívica Española-Partido por la Paz, Reconciliación y Progreso de España contra Puigdemont, los consellers, el secretario general de Govern, Joan Vidal, y la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, por la fórmula de promesa que emplearon cuando asumieron sus cargos.
El auto sostiene que la fórmula con la que los miembros del Govern prometieron cumplir sus funciones, en que eludieron acatar la Constitución y expresar lealtad al Rey, “carece de relevancia da efectos penales”, dado que en la normativa no consta “regulación específica” sobre ese asunto.
Puigdemont asumió su cargo el pasado 12 de enero ante Carme Forcadell, prometiendo “fidelidad a la voluntad del pueblo de Cataluña representada por el Parlament”, sin alusión alguna a la Constitución Española ni al Rey.
Dos días después, fueron los consellers del Govern los que prometieron cumplir las obligaciones de su cargo “de acuerdo con la ley”, “al servicio de Cataluña” y con “lealtad al presidente de la Generalitat”.
La denuncia de Unión Cívica, inicialmente presentada en los juzgados de Zaragoza pero que acabó en manos del TSJC por afectar a aforados, acusaba de los delitos de prevaricación y desacato a la autoridad a los miembros del Govern y a la presidenta del Parlament por aceptar su fórmula de promesa del cargo.
La sentencia sostiene que ni el Estatut de Autonomía ni el Reglament del Parlament “regulan o contemplan el uso o no de alguna fórmula concreta de juramento o promesa”, por lo que esa cuestión “queda dentro del ámbito exclusivo de la actividad parlamentaria”.
Es más, recalca el auto del TSJC, esa normativa, así como la Ley de Presidencia de la Generalitat y del Govern, no establece “ni siquiera” que los miembros del ejecutivo catalán, al ser nombrados, “deban jurar o prometer sus cargos ni, por ende, deban emplear fórmula alguna de juramento o promesa”.
El tribunal precisa además que, en el caso de que hubiera algún “defecto” en la fórmula de promesa empleada por los miembros del Govern, “ello solo podría afectar a la validez del acto en sí, pero nunca daría lugar a la configuración de un ilícito penal”.
Asimismo, el TSJC ha decidido no admitir a trámite otra denuncia por falsedad documental e intrusismo profesional que presentó la misma asociación contra Puigdemont por hacer constar en su currículum oficial que es filólogo y periodista, cuando su máxima graduación es la de bachiller y carece de licenciatura.
La denuncia incluía un fragmento de la biografía de Puigdemont que publica la página web del Govern de la Generalitat y que sostiene que el presidente de la Generalitat “cursó estudios en Filología Catalana en el Colegio Universitario de Girona” y “desarrolló su carrera periodística especialmente en ‘El Punt’, donde llegó a ser redactor jefe”.
El TSJC hace suyos los argumentos de la Fiscalía, que se opuso a la admisión de la denuncia, y razona que la página web de la Generalitat no ha sido redactada por Puigdemont y que, además, en la misma no se afirma que obtuviera la Licenciatura de Filología Catalana, sino que “cursó estudios de Filología Catalana”, sin precisar que los concluyera.
“Puede admitirse que induce o puede inducir a confusión a los lectores de la página web, e incluso que dicha confusión pueda tener un propósito interesado, pero lo cierto es que en ningún momento se afirma que el denunciado sea Licenciado en Filología Catalana”, recuerda el auto, reproduciendo así un argumento de la Fiscalía.
En relación con el delito de intrusismo profesional -por ejercer sin tener la licenciatura-, el TSJC recuerda que Puigdemont “obtuvo el carné de prensa tras ejercer las labores periodísticas”, por lo que “de modo patente” no encaja en el delito del que le acusa Unión Cívica Española.

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