El Gremi de Transports i Logística de Catalunya, con sede en la patronal terrassense Cecot, ha pedido la devolución de unos 2,5 millones de euros correspondientes al Impuesto sobre Ventas Minoristas de Hidrocarburos (IVMDH), conocido como céntimo sanitario, por la vía de la reclamación por responsabilidad patrimonial, informó Cecot en un comunicado.
Los transportistas recuerdan que desde el pasado mes de octubre de 2015 han presentado varias reclamaciones al Ministerio de Hacienda que han sido "rechazadas sistemáticamente", por lo que han optado finalmente por este procedimiento. La reclamación por responsabilidad patrimonial se inicia en la vía administrativa y, en caso de desestimarse o no resolverse en un periodo de seis meses, se abre un procedimiento jurisdiccional ante los tribunales contenciosos administrativos.
Primeras sentencias
Otra manera de reclamar es acudir al Tribunal Supremo y, en este sentido, el Alto Tribunal dictó el pasado febrero las primeras sentencias favorables a los demandantes y obligaba al Ejecutivo central a devolver el dinero cobrado. El asesor de este gremio, Joaquim Gil, señaló que "habrá que ver qué sistema utilizará el Gobierno para pagar este importe".
El céntimo sanitario, un impuesto que recae sobre el consumidor y se aplica en los hidrocarburos, se creó para destinarlo a la sanidad pública y fue implantado por el Gobierno el año 2002, aunque fue derogado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en febrero de 2014.
La reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración surge en virtud del artículo 106.2 de la Constitución Española, el artículo 139 de la Ley 30/1992 y el Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial. Este procedimiento se fundamenta en el derecho a una indemnización por los daños que ha causado la Administración española, al mantener durante diez años un impuesto cuya legalidad estaba cuestionada para las autoridades europeas, y actuar de mala fe, según manifestó el propio Tribunal Europeo.