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Los condenados por delitos sexuales no podrán trabajar con menores

El Gobierno ha aprobado hoy el Registro Central de Delincuentes Sexuales para evitar que los 43.745 condenados en España por estos delitos realicen actividades, trabajos o voluntariado en los que estén en contacto con menores.
En rueda de prensa al término del Consejo de Ministros, el titular de Justicia, Rafael Catalá, ha explicado que el Registro estará operativo “inmediatamente” e incluirá los datos identificativos y el perfil genético de los condenados por delitos sexuales en España, entre ellos, agresión, abuso sexual, acoso, prostitución, maltrato, exhibicionismo y corrupción menores.
Catalá ha dicho que el registro fortalecerá el sistema de garantías “para evitar que una persona que tenga una condena de estas características pueda dedicarse a labores docentes, de voluntariado o a otras actividades en que estén en contacto con menores”.
De hecho, la persona que pretenda trabajar con menores deberá presentar un certificado que acredite que no está incluida en dicho Registro, como por ejemplo sucederá con los profesores, quienes no podrán tener antecedentes penales por delitos sexuales para ejercer la docencia.
El Registro incluirá los datos de todos los condenados por sentencias firmes dictadas, tanto en España como en otros países, por cualquier delito sexual, así como por trata de seres humanos con fines de explotación sexual, incluyendo la pornografía, con independencia de la edad de la víctima o del condenado.
Pero también incorporará el ADN del condenado cuando lo establezca una resolución judicial, con el fin de dar seguimiento y control a estos delincuentes dentro y fuera de España, así como las penas y medidas impuestas contra estos delincuentes.
Catalá ha precisado que en el sistema no figurará la identidad ni los datos personales de las víctimas, aunque si son menores sí se hará mención a esta condición. “Hemos sido muy cautelosos para proteger a las víctimas”, ha añadido.
Los datos del Registro de Delincuentes Sexuales serán transmitidos de forma automática por el Registro Central de Penados y el Registro Central de Sentencias de Responsabilidad de los menores.
El ministro ha detallado que la información sobre las personas inscritas en el Registro no será pública, sino que únicamente será accesible de forma directa para jueces y tribunales, Fiscalía, Policía Judicial, entidades públicas de protección de menores y autoridades policiales de otros países.
Ahora bien, no se podrán hacer “investigaciones prospectivas o para una tesis doctoral”, ha dicho el ministro de forma que jueces y tribunales podrán acceder al Registro pero siempre para recopilar datos e información asociados con procesos que tengan relación con ello. Además, siempre quedará constancia de la identidad de la persona que accede al Registro y de los datos que han sido consultados.
Junto a la protección de los menores, el Registro facilitará la investigación, persecución e identificación de los autores de este tipo de delitos y contribuirá al establecimiento de mecanismos de cooperación “eficaces” con autoridades policiales y judiciales de otros países, particularmente comunitarios.
Catalá ha recordado que en el pasado “lamentablemente” se han producido casos de descoordinación entre las autoridades de países europeos, que ahora se articularán con este instrumento.
Por otra parte, se podrán realizar certificados de los datos inscritos, sin consentimiento de los interesados, por el encargado del Registro cuando exista petición expresa de las entidades públicas de protección de menores para valorar la situación de desprotección de un menor, así como a instancia de las autoridades judiciales o policiales extranjeras inmersas en una investigación.
La creación del Registro es consecuencia de la entrada en vigor en agosto de la nueva legislación de protección a la infancia y a la adolescencia, que daba un plazo de seis meses al Gobierno para crearlo, y se sitúa en consonancia con los acuerdos internacionales suscritos por España en esta materia.

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