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El empresariado critica el nuevo modelo de bajas médicas

La patronal terrassense Cecot y el Col·legi de Graduats Socials de Barcelona, Lleida y Girona advirtieron que los nuevos plazos de notificación de la baja médica y las variaciones laborales a la Seguridad Social, que se reduce de seis a tres días, son un “riesgo” para el empresario. Ha entrado en vigor en España el nuevo sistema de bajas laborales por enfermedad, que ha generado un gran rechazo por parte del Foro de Médicos de Atención Primaria, asociación que representa a los médicos de familia, ya que esta nueva normativa obligará a rellenar hasta cuatro veces más informes clínicos, ya que está basada “en la desconfianza en el profesional”, dice el citado foro.
El cambio del reglamento obliga a las empresas a notificar las bajas y los cambios laborales en un plazo máximo de tres días naturales, sin aceptar excepciones, una rigidez que complica a los empresarios cubrir urgentemente alguna baja imprevista, dar de alta al nuevo trabajador y comunicarlo, en caso que coincida con tres días festivos consecutivos, por lo que incrementa “el riesgo de desprotección del trabajador y del empresario de recibir una sanción, si no ha podido hacer efectiva el alta”, asegura Cecot.

Todos los días del año
La Administración de la Seguridad Social alega que a través de los medios informáticos que ofrece el actual sistema es factible realizar las altas, bajas y variaciones ya que está operativo las 24 horas, los 7 días de la semana y 365 días al año. Este argumento es la base para no hacer excepciones cuando se enlazan tres días festivos y hasta la fecha se ha mostrado inflexible.

Sin embargo, la queja de los profesionales del citado colegio de graduados y de los empresarios de Cecot es que les obliga a permanecer activos en caso de que coincidan tres o más festivos seguidos por si la empresa o el cliente necesitan dar de alta, baja o variar condiciones del trabajador y, en ocasiones, podrían no prestar este servicio. Algunos sectores industriales en los que la actividad es continua y la producción no se para en días festivos, así como el sector de asistencia sanitaria, el del comercio, el de la restauración y banquetes o eventos y el de ocio nocturno, son los más perjudicados por esta medida, que compromete la prestación adecuada de los servicios y genera “dificultades” al empresario. Para ambas entidades, la solución es cambiar la palabra “naturales” por “hábiles” o “laborales”, para la presentación del alta, baja o variación en caso de que coincida con tres días festivos seguidos, incluyendo las fiestas locales. Según los expertos, sería “muy fácil introducir variables en el sistema informático de la Seguridad Social que permitan contemplar esta excepción”.

Para Carles Berruezo, presidente del Col·legi de Graduats Socials de Barcelona, Lleida y Girona “la reducción de los plazos de 6 a 3 días naturales implica la presunción de sospecha de fraude. Es positivo que se tomen medidas orientadas a su reducción, pero deberían ser consultadas a los principales actores en este proceso, especialmente a los profesionales y empresarios”.

Múltiples consultas
Por su parte, el asesor laboral de la Cecot, Josep Maria Bosch, aseguró que “hemos recibido multitud de consultas, de las pymes que representamos, que reincidían en la inquietud por la inmediatez con la que deben comunicar las altas y las bajas de trabajadores”.

Es la primera vez en 49 años que el sistema de incapacidad temporal se modifica. El mismo fue implantado en 1966. Los cambios más significativos que prevé el nuevo decreto se resumen en tres puntos. En primer lugar, el médico deberá realizar una valoración estimada de la baja utilizando como referencia una tabla orientativa que tiene en cuenta el diagnóstico, el tipo de trabajo que se hace, la edad y la limitación de la capacidad funcional de la persona. En segundo lugar y en cuanto a las bajas, éstas podrán ser de cuatro tipos y no de una sola tipología como hasta ahora. Podrán ser de duración muy corta (menos de 5 días naturales); una baja corta (entre 5 y 30 días naturales); media (entre 31 y 60 días naturales), y larga (61 días naturales o más).

En tercer lugar, el nuevo decreto incorpora cambios en relación al seguimiento de la baja. Así, varía la frecuencia de los partes de confirmación. Desaparecen los comunicados semanales, que podrán ser más espaciados y que conllevarán obligatoriamente la visita del médico para continuar de baja. Las mutuas tendrán también más poder. Estas entidades podrán hacer propuestas de alta para acelerar la reincorporación del trabajador.

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