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La Fiscalía de la Audiencia Nacional ordena a los Mossos que actúen ante posibles delitos de sedición

El fiscal jefe de la Audiencia Nacional ha ordenado a los Mossos d’Esquadra, a la Policía Nacional y a la Guardia Civil que actúen si en el proceso independentista catalán se produjera un delito de sedición, ya que encajaría dentro de los “delitos contra la forma de Gobierno”, competencia de este tribunal.
En una instrucción librada el pasado jueves, el fiscal Javier Zaragoza afirma que la Audiencia Nacional sería competente para actuar contra las personas no aforadas, con lo que quedarían fuera los diputados autonómicos y los miembros del Consejo de Gobierno de la Generalitat, que serían investigados en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya y, en su caso, el Supremo.
De esta manera, esta resolución sí afectaría a los restantes partícipes en los actos independentistas, como podrían ser “otras autoridades, funcionarios públicos o particulares”.
La Audiencia Nacional podría ejercer su competencia en este caso si se ejecutan “actos constitutivos de rebelión y sedición cuando la finalidad o el propósito de los mismos sea cambiar ilegalmente la organización territorial del Estado y declarar la independencia de una parte del territorio nacional, en el caso en cuestión de la Comunidad Autónoma de Catalunya”.
Según Zaragoza, los actos que persigan ese fin violan la Constitución porque “se ejecutan con el propósito de cambiar ilegalmente la organización del Estado” y las fuerzas de seguridad deberán actuar desde el momento en que el Tribunal Constitucional invalide la resolución independentista aprobada ayer en el Parlament catalán, ya que solo entonces quedaría certificada su ilegalidad.
Este delito de sedición -penado con entre 10 y 15 años de prisión- podría conllevar también, avisa el fiscal jefe, los de prevaricación, desobediencia, usurpación de atribuciones y el uso indebido de fondos públicos, que serían competencia de la Audiencia Nacional como delitos conexos.
Además, Zaragoza recuerda que en el caso del delito de sedición se sanciona asimismo “la conspiración, la proposición y la provocación” para cometerlo, y añade que no es necesario que se emplee “fuerza o violencia” para incurrir en él, sino solo el hecho de “impedir la aplicación de las leyes y el normal funcionamiento de las instituciones”.
El fiscal jefe menciona en el escrito, de once páginas, otros delitos contra las instituciones del Estado -competencia de la Audiencia Nacional- que “presumiblemente pueden ser cometidos en el curso de este ilegal proceso independentista”, como invadir con fuerza la Asamblea Legislativa, alterar su funcionamiento e impedir a sus miembros acudir a sus sesiones.
Similares casos ocurrirían si se injuria, se amenaza o se invade de forma violencia instituciones como el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, el Tribunal Constitucional, el Supremo o el CGPJ, o a las propias fuerzas de seguridad del Estado.
Así, el fiscal jefe ordena a las distintas fuerzas de seguridad del Estado y a los Mossos que si conocen de algún hecho delictivo elaboren un informe o atestado con los datos de “ejecución, autoría, participación, circunstancias concurrentes” y lo remitan a los juzgados de instrucción de la Audiencia Nacional.
Además, les manda practicar “las diligencias necesarias para acreditar los hechos delictivos y determinar las responsabilidades penales exigibles”.
Concretamente, se dirige al secretario de Estado de Seguridad, a la delegada del Gobierno en Catalunya, al comisario general de Información de la Policía Nacional, al jefe superior de la Policía de Catalunya, al general jefe del Servicio de Información de la Guardia Civil, al general jefe de la Séptima Zona de la Guardia Civil, el director general de la Policía de la Generalitat y al comisario general de los Mossos.

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