La Policía Municipal impondrá las multas basadas en la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, más conocida como Ley Mordaza, que entró en vigor el pasado 1 de julio. Lo hará ignorando un acuerdo del pleno municipal del pasado mes de julio. La CUP presentó entonces una propuesta de resolución solicitando el rechazo a la polémica norma y pidiendo la negativa de los agentes de la policía local a aplicar las sanciones previstas. La moción se aprobó con la mayoría absoluta del pleno y, dos meses más tarde, ha quedado invalidada.
El acuerdo de pleno no se aplicará después de que un informe jurídico de la Secretaria General del Ayuntamiento concluya que el artículo cinco de la propuesta de la CUP, el que hacía referencia a la policía municipal, llevaría a incumplir “una norma de rango legal plenamente vigente” (la Ley Mordaza) y. en consecuencia, “no se adecua al principio de legalidad y de sometimiento a la ley y el derecho”.
La moción contenía seis puntos más de rechazo a la ley que no quedan invalidados, puesto que se tratan de “opiniones de cariz político que no tienen carácter ejecutivo”, apunta la Secretaria General en su informe.
Al margen del principio de jerarquía legal, el dictamen añade un argumento más a la suspensión del acuerdo de pleno. El documento explica que el alcalde tiene entre sus funciones cumplir y hacer cumplir los acuerdos municipales. Pero que el mismo alcalde, en su condición de máximo responsable de la policía local, “no está vinculado por los acuerdos plenarios en materia que únicamente son de su competencia” ya que “no existe ninguna relación de dependencia jerárquica” entre el pleno y la dirección superior de la Polícía Municipal, ejercida por el primer edil.
La Secretaría insiste en que los agentes de la policía local están obligados a actuar en cumplimento del ordenamiento jurídico. Con independencia del órgano municipal del que emanara la orden de incumplir la Ley Mordaza, los agentes no podrían dar ejecución al artículo quinto de la moción de la CUP en la medida en que daría pie “al incumplimiento de las funciones que tienen legalmente establecidas”. cuya ejecución debe adecuarse “al respecto absoluto a la Constitución, al Estatut d’Autonomia y al resto del ordenamiento jurídico”.
El dictamen recuerda que los agentes deben actuar “con absoluta neutralidad política e imparcialidad”.
Los coletazos del pleno de julio
La propuesta de la Ley Mordaza fue uno de los puntos estrella del pleno de julio, en el que también se aprobó la polémica adhesión de Terrassa a la Associacio de Municipis per la Independència (AMI), un acuerdo político que abrió el camino al pacto de gobierno PSC-CiU.
En la moción de la CUP sobre la ley de seguridad ciudadana, la discrepancia socialista fue parcial ya que el PSC compartía el rechazo a la Ley Mordaza. Se pidió la votación separada, de tal manera que el gobierno apoyó en bloque los puntos críticos con la ley y se abstuvo en el quinto referido a la Policía Municipal. El epígrafe salió adelante con el apoyo de la oposición, en una votación que dejaba por segunda vez en minoría al PSC y situaba al ejecutivo de Jordi Ballart ante un dilema legal.
La primera, apenas unos minutos antes, lleva al Ayuntamiento a pagar los impuestos recaudados a través de la Agència Tributària Catalana y no directamente a la Hacienda estatal, como hasta ahora. En este caso los 14 votos de ERC-MES, CUP, CiU y TeC se impusieron a los 13 del PSC, PP y Ciutadans.
Como en la Ley Mordaza, el gobierno socialisa expresó su inquietud por las consecuencias legales del acuerdo del pleno. El área de Servicios Económicos ha solicitado un informe jurídico que aclare el alcance de la decisión adoptada por el pleno municipal, un dictamen que está pendiente.