Diari de Terrassa

Absuelto de abusar de una niña de 6 años

No hay pruebas. En el apartado de hechos probados, la sentencia que absuelve al acusado de abusar de una niña sólo refiere que el hombre acudió en julio del 2011 a la piscina del Parc de Vallparadís con su hija y una amiga de ésta. Jugó con ellas dentro del agua y ellas pasaron por entre sus piernas. Pero nada más. Y cuenta la resolución que unos meses después el procesado y su hija visitaron a la otra menor y él puso calcomanías a ambas en los brazos. Y nada más.

El fiscal acusó al hombre de dos delitos de abusos sexuales a menor de 13 años y pidió tres años de prisión por cada hecho; seis en total. Sostuvo que los abusos se iniciaron en julio del 2011 en la piscina de Vallparadís, donde el hombre estaba con su hija y una amiga, de 7 años la primera y de 6 la segunda. Y que el acusado aprovechó que la amiga de su hija pasaba por debajo de sus piernas para bajarse el pene del bañador "propiciando que la menor, con el fin de satisfacer su curiosidad, lo tocara".

Un secreto
Ese mismo día, el procesado estaba a solas con la menor en la piscina y le acarició los genitales por debajo del biquini, según la acusación. Le dijo que aquello era un secreto y que no debía contarlo a nadie. En noviembre del mismo año, 2011, se dio el siguiente episodio. Ocurrió en l’Hospitalet de Llobregat, en casa de la niña. Indicó el fiscal que el acusado ofreció a las menores ponerse unas calcomanías en el lavabo y que en esa estancia dejó al descubierto su pene y tomó la mano de la chiquilla para que lo tocara y lo masturbase; y añadió que él hizo lo mismo con la niña.

La sentencia destaca una realidad "incontestable": la única y exclusiva prueba de cargo es el testimonio de una menor que tenía 6 años de edad en la fecha de los hechos, y 7 cuando declaró en un servicio de atención a la víctima.

La menor no testificó en el juicio porque ninguna de las partes lo pidió. Ya había comparecido durante la instrucción y en el juicio se reprodujo la grabación. La pequeña había relatado que el acusado se sacó el pene en la piscina y ella lo tocó porque pensaba que era una hoja. "Después de eso, él también me tocó", por dentro del biquini, contó. Y agregó que en su casa, en el lavabo, el hombre le hizo manosear su miembro.

La niña explicó lo sucedido a su padre después de que se cruzasen con el acusado y su familia. Le dijo que tenía un secreto que contarle. Y se lo contó. La familia de la niña y el acusado coincidieron días después, y el procesado negó los hechos ante el padre. Le dijo que en la piscina ella le había propinado una patada en sus partes de manera fortuita y que él sólo le explicó que los hombres tenían genitales y que esos golpes dolían mucho.

En el proceso, el encausado repitió lo de la patada en la piscina y dijo que en el lavabo, cuando lo de las calcomanías, la puerta estaba abierta. La hija del acusado manifestó que en el cuarto de baño no había pasado nada aparte de la aplicación de los dibujos.

La menor-víctima dijo a una pediatra que explicó los hechos a su padre meses después por la insistencia de una amiga de Almería. El informe médico concluyó que el testimonio era poco consistente, pero dos psicólogas lo consideraron creíble. El tribunal estima que la declaración de la niña "no reviste la solidez suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia".

No afirma que el testimonio sea inveraz, sino que "no permite alcanzar la certeza objetiva", y ello, añade, "con la independencia de las certezas subjetivas que pudieran tener los miembros del tribunal". Las razones para una condena "no pueden ser puramente subjetivas, no pueden consistir en la simple convicción personal del juzgador". No puede descartarse, dice la sentencia, que la menor sobredimensionara lo ocurrido tras las conversaciones con su amiga de Almería.

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