El Partit Popular (PP) baraja la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Supremo la decisión de otro órgano judicial, que desestimó el pleito presentado por el grupo municipal popular contra la nueva ordenanza de civismo. Gabriel Turmo, concejal del PP, considera el fallo, dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), "injusto" y generador de indefensión.
El auto judicial, redactado por la sala de lo contencioso administrativo, sección quinta, del TSJC, no entró a evaluar el contenido del recurso de los populares contra la ordenanza, que aquellos califican de "buenista" y en la que prima la pedagogía sobre las sanciones por actos incívicos. El tribunal catalán sólo echa atrás el recurso por una cuestión formal; porque, dice, llegó fuera de plazo.
La ordenanza fue aprobada en el pleno de octubre pasado, y el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB) la publicó el 21 de noviembre, y ese día indicó que cabía presentar recurso en contra en el plazo de dos meses desde tal publicación. Y el PP obró en consecuencia, y presentó el contencioso el 21 de enero. Rozando el palo, pero en el plazo señalado como válido.
Defecto de forma
La representación procesal del gobierno municipal, al contestar el recurso, jugó la baza del defecto formal por los dichos plazos, por una "interposición extemporánea", y para sustanciar su alegación citó varias sentencias del Tribunal Supremo. El TSJC dio la razón al Ayuntamiento, precisamente invocando una doctrina del Tribunal Supremo al que el PP estudia elevar ahora un nuevo recurso.
Así, por mucho que dijese el BOPB, el Tribunal Supremo establece que el cómputo del plazo empieza el día de la votación en el pleno. Y el 21 de enero, cuando el PP interpuso el recurso contra una ordenanza de "buen rollo" que consideraba deficiente en lo jurídico e imprecisa y compleja, ese término de dos meses sí había expirado. El auto del TSJC subrayó, pues, que la cuenta se había iniciado en octubre, no en noviembre. Para Gabriel Turmo, edil popular, la resolución es injusta "y genera indefensión". Y se plantea mantener la batalla legal, esta vez con un recurso ante el Tribunal Supremo. Turmo, además, valora las aristas que cree positivas del litigio hasta este momento.
Una: si el Ayuntamiento hubiese estado tan seguro de las bondades de la ordenanza, no habría opuesto al recurso alegaciones basadas en los plazos, en lo formal. Dos: el litigio ha servido, al menos, para que la norma municipal no se haya aplicado en unos meses, una moratoria con la que "algo ha ganado la ciudad". Y tres: de momento, el contencioso no ha prosperado por una cuestión formal, sin entrar a evaluar su contenido.